Extranjería
CLAVES DE LA REFORMA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE EXTRANJERÍA
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La reforma del reglamento de extranjería que se aprobó el martes 19 de noviembre de 2024, contempla modificaciones en todos los títulos excepto en dos (menores no acompañados y el procedimiento sancionador)
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En sus 13 años de vigencia ha sido reformado puntualmente, pero era necesario abordar una reforma profunda adecuada a la situación de flujos migratorios en España, las necesidades de las personas migrantes, las demandas del mercado laboral y a lo reiterado por la sociedad civil
Ya son cerca de 7 millones de personas extranjeras en España, lo que supone el 14% del total de la población.
Hay 2.9 millones de personas extranjeras afiliadas a la seguridad social (13,6% del total)
En 2023 se expidieron mas 1.300.000 visados en las oficinas consulares (84% son visados de corta duración y el 16% visados de larga duración)
Organismos internacionales como el Banco Mundial o la Comisión Europea calculan que harán falta alrededor de 250.000 migrantes al año para sostener nuestro sistema de bienestar.
Por todo ello, aprobamos una reforma RLOEX necesaria, ambiciosa e integral con el objetivo de:
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Reducir trámites.
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Dar mayor seguridad jurídica
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Proporcionar mayor agilidad a los procesos
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Aumentar la protección de trabajadores y empleadores
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Increnebtar las vías regulares de migración
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Alinearse con la Unión Europea
PRINCIPALES NOVEDADES
Se categorizan los visados, lo que facilia su comprensión. Estos son:
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Estancia de corta duración.
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Estancia de larga duración
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De residencia.
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De tránsito aeroportuario
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De carácter extraordinario.
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Para la búsqueda de empleo.
Se establece que todos los visados tengan una vigencia máxima de un año.
El visado para la búsqueda de empleo, se configura como un visado de residencia durante 12 meses.
No será necesario abandonar el país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.
España es el único país de la UE que tiene una figura específica para que una persona en situación iiregulara pase a situación regular: El arraigo
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Arraigo social.
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Arraigo familiar.
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Arraigo de segunda oportunidad (nuevo)
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Arraigo socioformativo (nuevo)
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Arraigo sociolaboral (nuevo)
Se crea la figura de arraigo de segunda oportunidad para personas que hayan tenido una autorización de residencia y por distintas razones no hayan podido renovarla.
Plazos más cortos: Se pasa de 3 a 2 años el periodo exigido para acceder al arraigo, a excepción del arraigo familiar que no hay periodo exigido de permanencia mínima.
Estimamos que con esta reforma se podrán regularizar 300.000 personas al año en los próximos tres años.
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